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DERECHO LABORAL :: DESPIDO INJUSTIFICADO

Éste se producirá cada vez que el empleador ponga término a la relación laboral de uno o más trabajadores, invocando una causal de término de contrato de trabajo comprendida en los artículos 159, 160 o 161 del Código del Trabajo, sin tener fundamento alguno que justifique su aplicación o bien, cada vez que el despido de uno o más trabajadores, se verifique sin que el empleador invoque causal legal alguna para la desvinculación.

En estos casos y cada vez que el trabajador considere que su despido ha sido injustificado, indebido o improcedente, será posible entablar demanda en contra de su empleador, ante el Juzgado del Trabajo competente y dentro del plazo de 60 días hábiles contados desde la separación de sus labores, a fin de que dicho Tribunal así lo declare y obtener de esta forma, el pago de las prestaciones laborales e indemnizaciones que resulten procedentes.